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EL ESTADO DE JALISCO

PERIÓDICO OFICIAL

PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO

DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO


JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA

DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ

Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.

periodicooficial.jalisco.gob.mx

VIERNES 8 DE MARZO DE 2019

GUADALAJARA, JALISCO
14 BIS
SECCIÓN
EDICIÓN
ESPECIAL
II
TOMO CCCXCIV
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OFICIAL

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO


JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA

DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ

Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.

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3

AC U ERDO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder
Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno.

DIELAG ACU 025/2019


DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y
ACUERDOS GUBERNAMENTALES

ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE


Y SOBERANO DE JALISCO, POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DIELAG ACU
001/2018 PARA DESAGRUPAR A LA SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA
ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA COORDINACIÓN GENERAL ESTRATÉGICA DE
DESARROLLO SOCIAL.

Guadalajara, Jalisco, a 7 siete de marzo del año 2019 dos mil diecinueve.

Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 36, 46 y 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco;
y 1, 2, 3 párrafo 1 fracción I, 4 párrafo 1 fracciones VIII y X, 7 párrafo 1 fracciones II y III, 11,
12, 13 párrafo 1 fracción II, 14, 15 y 16 párrafo 1 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Jalisco; y

C O N S I D E R A N D O:

I. Que los artículos 36 y 50 fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Jalisco
disponen que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano a quien se le
denomina Gobernador del Estado, el cual entre otras, cuenta con la facultad de expedir los
acuerdos que resulten necesarios a fin de proveer en la esfera administrativa, la exacta
observancia de las leyes y el buen despacho de la administración pública.

II. Que la fracción XX del artículo 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así
como el artículo 4, numeral 1, fracciones VIII y X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco, facultan al titular del Poder Ejecutivo para expedir los acuerdos
necesarios para la correcta y eficiencia organización y coordinación administrativa de las
Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Estatal, así como las
disposiciones que regulen su organización y funcionamiento.

III. Que el pasado 05 cinco de diciembre de 2018 dos mil dieciocho se publicó en el
Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, el Decreto Legislativo número 27213/LXII/18,
mediante el cual se abroga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se expide la vigente Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, en la que se llevó a cabo una
reingeniería estructural de las Dependencias del Ejecutivo, entre las que se encuentra la
creación de las Coordinaciones Generales Estratégicas y la en ese momento Secretaría de
Igualdad Sustantiva. Asimismo, se determina que dichas Coordinaciones Generales
Estratégicas agruparán a las dependencias y entidades por materia y afinidad, para el mejor
desarrollo de sus funciones, en la forma y términos que se disponga por Acuerdo del
Gobernador del Estado.

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DIELAG ACU 025/2019
4 DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y
ACUERDOS GUBERNAMENTALES

IV. Que el artículo 11 párrafo 2 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
de Jalisco en cita, dispone que una de las Coordinaciones Generales Estratégicas es la
Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social, cuyas actuaciones son supervisadas
por la Jefatura de Gabinete.

V. Que el artículo 12 párrafo 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco
faculta al Gobernador del Estado para expedir los acuerdos administrativos necesarios para
agrupar o sectorizar a las dependencias y entidades respectivas, dentro de la Coordinación
General Estratégica que considere afín a sus atribuciones, sin perjuicio de que haya
dependencias o entidades que no estén agrupadas dentro a alguna Coordinación General
Estratégica.

VI. Que el pasado 21 veintiuno de diciembre de 2018 se publicó en el Periódico Oficial “El
Estado de Jalisco” el Acuerdo DIELAG ACU 001/2018 del Gobernador del Estado de Jalisco,
mediante el cual se agrupan diversas dependencias públicas a las respectivas
coordinaciones generales estratégicas de la Administración Pública Centralizada, entre las
que se encontró agrupar la Secretaría de Igualdad Sustantiva a la Coordinación General
Estratégica de Desarrollo Social.

VII. Que el 31 treinta y uno de enero de 2019 dos mil diecinueve se publicó en el Periódico
Oficial “El Estado de Jalisco” el decreto 27228/LXII/19, mediante el cual se reformó el
artículo 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, para cambiar la denominación
de la Secretaría de Igualdad Sustantiva por Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres
y Hombres, y constituir a dicha dependencia como Mecanismo para el Adelanto de las
Mujeres en todos los términos de los Tratados y Convenios Internacionales a los que México
está adherido.

VIII. Que los artículos 7 párrafo 1 fracción III 16 párrafo 1 fracción IX y 25 de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, contemplan la existencia, así como las facultades
y atribuciones de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.

IX. Que los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres, así como las políticas públicas
para la igualdad entre mujeres y hombres y de acceso de las mujeres a una vida libre de
violencia, deben ser articuladores transversales, es decir, deben vincular a todas las
dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, tal como lo ha señalado la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe1 y el Instituto Nacional de las Mujeres2.

1
https://dds.cepal.org/eventos/presentaciones/2016/0620/Mesa6-A_Valdes.pdf

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ACUERDOS GUBERNAMENTALES

X. En ese sentido, a fin de poder ejercer una política realmente transversal hacia las demás
dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, se requiere que el ente público que
implemente el Mecanismo para el Adelanto de las Mujeres, tenga el mayor nivel jerárquico
posible dentro de la estructura de la administración pública estatal, para que pueda vincular
a todas las dependencias y entidades del Estado, así como tener acuerdo directo con el
Ejecutivo del Estado en la atención de los asuntos de su competencia.

XI. En virtud de lo anterior, se considera procedente reformar el citado Acuerdo DIELAG


ACU 001/2018 en lo relativo a la Secretaría de Igualdad Sustantiva, hoy Secretaría de
Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, para que esta no quede agrupada a ninguna
Coordinación General Estratégica, en términos de lo dispuesto en la parte final del párrafo 2
del artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, como acontece
con las Secretarías General de Gobierno, de la Hacienda Pública y de Administración. Lo
anterior con la finalidad de que pueda ejercer así las políticas públicas para la igualdad entre
mujeres y hombres y de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia respecto de
todas dependencias y entidades de la administración pública estatal, para garantizar el
cumplimiento de los criterios de transversalización y interseccionalidad mencionados en el
considerando anterior.

De acuerdo con los fundamentos y razonamientos considerados con antelación, tengo a bien
emitir el siguiente

ACUERDO:

PRIMERO. Se deroga el inciso d) de la fracción III del punto de acuerdo PRIMERO del
Acuerdo Gubernamental DIELAG ACU 001/2018 del Gobernador del Estado de Jalisco,
publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 21 veintiuno de diciembre de 2018,
para quedar como sigue:

PRIMERO. [...]

I. y II. [...]

III. [...]
2
https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/fortalecimiento-a-la-transversalidad-de-la-
perspectiva-de-genero

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ACUERDOS GUBERNAMENTALES

a) a c) [...]

d) Derogado

e) a f) [...]

IV. y V. [...]

SEGUNDO. Conforme al punto que antecede, se restructura la Coordinación General


Estratégica de Desarrollo Social para desagrupar de la misma a la Secretaría de Igualdad
Sustantiva entre Mujeres y Hombres.

TERCERO. Para el mejor ejercicio de sus atribuciones y atendiendo a la transversalidad de


los temas de su competencia, la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y
Hombres, no quedará agrupada a ninguna Coordinación General Estratégica, por lo que
estará directamente subordinada al Ejecutivo del Estado.

TRANSITORIOS:

PRIMERO. El presente acuerdo comenzará a surtir sus efectos a partir del día de su
publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.

SEGUNDO. Se instruye a los titulares de la Coordinación General Estratégica de Desarrollo


Social, así como de las Secretarías de la Hacienda Pública y de Igualdad Sustantiva entre
Mujeres y Hombres para que realicen las adecuaciones administrativas y promuevan las
modificaciones a su normatividad y reglamentación interna, que resulten necesarias para el
cumplimiento del presente Acuerdo.

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Así lo acordó el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez,
ante el Secretario General de Gobierno, así como ante los titulares de la Coordinación
General Estratégica de Desarrollo Social y de la Secretaría de Igualdad Sustantivas entre
Mujeres y Hombres, quienes lo refrendan.

ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ


ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
Gobernador Constitucional
GOBERNADOR CONSTITUCIONALdel Estado
DELdeESTADO
Jalisco
DE (RÚBRICA)
JALISCO

JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA


JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
Secretario General de Gobierno
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
(RÚBRICA)

ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA


COORDINADORA
ANNA BÁRBARA GENERAL
CASILLAS ESTRATÉGICA
GARCÍA
DE DESARROLLO SOCIAL
Coordinadora General Estratégica
de Desarrollo Social
(RÚBRICA)

FELA PATRICIA PELAYO LÓPEZ


SECRETARIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE
MUJERES Y HOMBRES

FELA PATRICIA PELAYO LÓPEZ


La presente hoja de firmas corresponde al Acuerdo del ciudadano Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, por
Secretaria de Igualdad Sustantiva entre
el que se modifica el Acuerdo DIELAG ACU 001/2018 para desagrupar a la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres de
Mujeres y Hombres
la Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social.

(RÚBRICA)

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AC U ERDO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder
Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno.

DIELAG ACU 026/2019


DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y
ACUERDOS GUBERNAMENTALES

ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE


Y SOBERANO DE JALISCO, POR EL QUE MODIFICA EL DIVERSO DIELAG ACU
002/2018

Guadalajara, Jalisco, a 7 siete de marzo del año 2019 dos mil diecinueve.

Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 36, 46 y 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco;
1, 2, 3, 4 numeral 1, fracciones VIII, X y XII, 7 numeral 1, fracción III, 66 y 68 de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; y

C O N S I D E R A N D O:

I. Que los artículos 36 y 50 fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Jalisco
disponen que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano a quien se le
denomina Gobernador del Estado, el cual entre otras, cuenta con la facultad e expedir los
acuerdos que resulten necesarios a fin de proveer en la esfera administrativa, la exacta
observancia de las leyes y el buen despacho de la administración pública.

II. Que la fracción XX del artículo 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así
como el artículo 4, numeral 1, fracciones VIII, X y XII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
del Estado de Jalisco, facultan al Titular del Poder Ejecutivo para expedir los acuerdos de
carácter administrativo que sean necesarios para la eficaz prestación de los servicios
públicos, para regular la organización y funcionamiento de las Dependencias y Entidades, y
para expedir los acuerdos de coordinación y sectorización para las Dependencias y
Entidades.

III. Que el pasado 05 cinco de diciembre de 2018 dos mil dieciocho se publicó en el
Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, el Decreto Legislativo número 27213/LXII/18,
mediante el cual se abrogó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se expidió la vigente Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, que en su artículo 15, párrafo 1, fracción
XV, dispone que las Secretarías tienen, entre otras atribuciones, la de auxiliarse de las
entidades que se encuentren sectorizadas, en los términos establecidos en las leyes de la
materia; y que en el arábigo 16, párrafo 1, fracción I, contempla a la Secretaría General de
Gobierno, cuyas aribuciones están previstas en el numeral 17 del mismo ordenamiento.

IV. Que de conformidad a lo dispuesto por los artículos 66 y 68 de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, los Organismos Públicos Descentralizados que
integran la Administración Pública Paraestatal, se agruparán por sectores definidos, de
acuerdo a la afinidad de las materias de las Dependencias y las propias Entidades, con el

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ACUERDOS GUBERNAMENTALES

objeto de organizarse y coordinarse para el diseño, elaboración, ejecución y evaluación de


los programas sectoriales e intersectoriales y la realización de proyectos integrales que
requieran la intervención conjunta de varias Dependencias y Entidades.

V. Que con fecha 21 veintiuno de diciembre de 2018 dos mil dieciocho se publicó en el
Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el Acuerdo DIELAG ACU 002/2018, mediante el cual
se sectorizaron diversas entidades de la Administración Pública Paraestatal a las
dependencias de la Administración Pública Centralizada, entre éstas la Comisión Estatal
Indígena fue sectorizada a la entonces Secretaría de Igualdad Sustantiva, hoy Secretaría de
Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, conforme a lo dispuesto en el decreto
27228/LXII/19, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco ” el día 31 treinta y uno
de enero de 2019 dos mil diecinueve.

VI. En este misma fecha, se expidió el Acuerdo Gubernamental DIELAG ACU 025/2019, por
el cual el Ejecutivo del Estado determinó modificar el diverso DIELAG ACU 001/2018 para
desagrupar a la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres de la
Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social, por lo que a fin de hacer congruente
con lo anterior la sectorización de entidades paraestatales contenidas en el similar DIELAG
ACU 002/2018, por medio del presente se adiciona un numeral 3 al inciso a) de la fracción I,
y una fracción III al punto QUINTO de acuerdo; y se deroga la fracción V del punto
SEGUNDO de acuerdo de este último. Asimismo, se adiciona un punto SÉPTIMO para
integrar a la Jefatura de Gabinete para tales efectos.

VII. Por otra parte, se estima necesario cambiar la sectorización del Organismo Público
Descentralizado denominado Comisión Estatal Indígena, que se encontraba sectorizado a la
Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres para pasar a la Secretaría
General de Gobierno, eficientando con ello la organización de la Administración Pública y
mejorando su desempeño en beneficio de la población indígena del Estado de Jalisco.

Así, de acuerdo con los fundamentos y razonamientos considerados con antelación, tengo a
bien emitir el siguiente

ACUERDO:

ÚNICO. Se adicionan un numeral 3 al inciso a) de la fracción I, una fracción III al punto


QUINTO de acuerdo, así como un punto SÉPTIMO; y se derogan las fracciones V y VII del
punto SEGUNDO de acuerdo, todos del Acuerdo Gubernamental DIELAG ACU 002/2018,
para quedar como sigue:

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10 DIELAG ACU 026/2019
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y
ACUERDOS GUBERNAMENTALES

SEGUNDO. [...]

I a IV. […]

V. Se deroga

VI […]

VII. Se deroga

QUINTO. Se sectorizan las siguientes entidades de la Administración Pública Paraestatal a


las Secretarías no agrupadas a ninguna Coordinación General Estratégica en los siguientes
términos:

I. Secretaría General de Gobierno:


a) Organismos Públicos Descentralizados:
1. Instituto de Información Estadística y Geográfica del Estado de Jalisco, IIEG;
2. Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos; y
3. Comisión Estatal Indígena, CEI.

b) [...]

II. [...]

III. Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres:


a) Organismos Públicos Descentralizados
1. Instituto Jalisciense de las Mujeres, IJM
b) Fideicomisos Públicos:
1. Fideicomiso para la Atención de los Jaliscienses en el Extranjero.

SÉPTIMO. Se sectorizan a las Dependencias agrupadas a la Jefatura de Gabinete, las


siguientes Entidades Paraestatales:

I. Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana:


a) Fideicomisos públicos:
1. Fideicomiso del Fondo Evalúa Jalisco.

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TRANSITORIOS:

PRIMERO. El presente Acuerdo comenzará a surtir sus efectos a partir del día de su
publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.

SEGUNDO. Se instruye a los titulares de las Entidades y Dependencias referidos en el


presente acuerdo, para que realicen las adecuaciones administrativas y las modificaciones a
su normatividad y reglamentación interna, que resulten necesarias para el cumplimiento del
presente Acuerdo.

Así lo acordó el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez,
ante el Secretario General de Gobierno, así como ante los titulares de la Jefatura de
Gabinete, de la Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social y de la Secretaría de
Igualdad Sustantivas entre Mujeres y Hombres, quienes lo refrendan.

ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ


GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
ENRIQUE ALFARODEL ESTADO DE JALISCO
RAMÍREZ
Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco
(RÚBRICA)
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA


Secretario
HUGO LUNA General de Gobierno
VÁZQUEZ
JEFE DE(RÚBRICA)
GABINETE

HUGO LUNA VÁZQUEZ


ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA
COORDINADORAJefe de Gabinete
GENERAL ESTRATÉGICA
DE DESARROLLO
(RÚBRICA) SOCIAL

FELA PATRICIA PELAYO LÓPEZ


ANNA BÁRBARA
SECRETARIA DE IGUALDAD CASILLAS
SUSTANTIVA ENTRE GARCÍA
MUJERES Y HOMBRES
Coordinadora General Estratégica
de Desarrollo Social
(RÚBRICA)

FELA PATRICIA PELAYO LÓPEZ


Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
(RÚBRICA)

V i e r n e s 8 d e m a r z o d e 2 0 1 9 . N ú m e r o 1 4 b i s . E d i c i ó n E s p e c i a l
12

AC U ERDO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder
Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno.

DIELAG ACU 027/2019 DIELAG ACU 027/2019


DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS DIRECCIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
Y ACUERDOS GUBERNAMENTALES Y ACUERDOS GUBERNAMENTALES

ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR


ACUERDO DELCONSTITUCIONAL DEL ESTADOCONSTITUCIONAL DEL EST
CIUDADANO GOBERNADOR
LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO,
LIBREMEDIANTE EL CUAL
Y SOBERANO SE SECTORIZAN
DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE SECTOR
DIVERSOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIVERSOS ÓRGANOS CENTRALIZADA
DE LA A
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZAD
LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO.
LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO.

Guadalajara, Jalisco, a 7 siete de marzo del año Jalisco,


Guadalajara, 2019 dos a 7mil diecinueve.
siete de marzo del año 2019 dos mil diecin

Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Enrique Constitucional


Alfaro Ramírez,del Estado de Jalisco,
Gobernador con
Constitucional del Estado de Jalisco
fundamento en lo dispuesto por los artículos 36,
fundamento en 46 y 50 de lapor
lo dispuesto Constitución Política
los artículos 36, 46 y 50 de la Constitución P
del Estado de Jalisco; 1, 2, 3, 4delnumeral
Estado 1,defracciones
Jalisco; 1,VIII
2, y3, X,4 7numeral
numeral1, 1,fracciones VIII y X, 7 nume
fracciones III, IX y X, 55 y 59 de lafracciones
Ley Orgánica
III, IXdel Poder
y X, 55 y Ejecutivo
59 de la Leydel Estado
Orgánicade del Poder Ejecutivo del Esta
Jalisco; y Jalisco; y

C O N S I D E R A N D O: C O N S I D E R A N D O:

I. Que los artículos 36 y 50 fracción


I. QueVIII los
de artículos
la Constitución
36 y 50 Política delVIII
fracción Estado
de ladeConstitución Política del Estad
Jalisco disponen que el ejercicio del Poderdisponen
Jalisco Ejecutivoque
se el
deposita
ejercicioendel
unPoder
ciudadano a
Ejecutivo se deposita en un ciudad
quien se le denomina Gobernador del Estado,
quien el cual entre
se le denomina otras, cuenta
Gobernador con lael cual entre otras, cuenta c
del Estado,
facultad e expedir los acuerdos que resulten
facultad necesarios
e expedir los a fin de proveer
acuerdos en la esfera
que resulten necesarios a fin de proveer en la e
administrativa, la exacta observancia de las leyes
administrativa, y el buen
la exacta despacho
observancia de de
las la
leyes y el buen despacho
administración pública. administración pública.

II. Que la fracción XX del artículo 50


II. de la Constitución
Que la fracción XXPolítica del Estado
del artículo 50 de de Jalisco,
la Constitución Política del Estado de Ja
así como el artículo 4, numeral 1, asífracciones
como elVIII y X de
artículo 4, la Ley Orgánica
numeral del Poder
1, fracciones VIII y X de la Ley Orgánica del P
Ejecutivo del Estado de Jalisco, facultan
Ejecutivo al del
Titular del Poder
Estado Ejecutivo
de Jalisco, paraalexpedir
facultan Titular del Poder Ejecutivo para ex
los acuerdos de carácter administrativo que seandenecesarios
los acuerdos para la eficazque
carácter administrativo prestación
sean necesarios para la eficaz prest
de los servicios públicos, así comode para
los regular
serviciosla públicos,
organización y funcionamiento
así como para regularde la organización y funcionamien
las Dependencias y Entidades. las Dependencias y Entidades.

III. Que el pasado 05 cinco de diciembre


III. Quedeel 2018
pasado dos05mil
cincodieciocho se publicó
de diciembre en el dos mil dieciocho se publicó
de 2018
Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, el Decreto
Periódico Oficial Legislativo
“El Estado número 27213/LXII/18,
de Jalisco”, el Decreto Legislativo número 27213/LX
mediante el cual se abroga la Leymediante
Orgánicaeldel Poder
cual Ejecutivo
se abroga y seOrgánica
la Ley crea la nueva
del Poder Ejecutivo y se crea la n
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo LeydelOrgánica
Estado de del Jalisco, en cuyosdel
Poder Ejecutivo artículos
Estado7,de Jalisco, en cuyos artícul
numeral 1, fracciones III, IX y X, 16, numeral
numeral 1, 1, fracción I,III,55IXyy59
fracciones X,se16,contemplan
numeral 1, las
fracción I, 55 y 59 se contempla
Secretarías, entre ellas la Secretaría General deentre
Secretarías, Gobierno
ellas lay sus facultades;
Secretaría así como
General de Gobierno y sus facultades; así
los órganos desconcentrados y loslos auxiliares
órganosque son parte de las
desconcentrados dependencias
y los de son parte de las dependenci
auxiliares que
la administración pública estatal. la administración pública estatal.

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13

IV. Que los artículos 14, numeral 3, y 15, numeral 1, fracción X establecen la
posibilidad de que las Secretarías cuenten con órganos sectorizados a ellas, a través
del decreto correspondiente.

V. Que se estima necesario sectorizar los Órganos Desconcentrados y Auxiliares que


se mencionan en el presente acuerdo, a fin de eficientar la organización de la
Administración Pública y mejorar su desempeño en beneficio de la población del
Estado de Jalisco.

Así, por los fundamentos y razonamientos considerados con antelación, tengo a bien
emitir el siguiente

A C U E R D O:

ÚNICO. Se sectorizan a la Secretaría General de Gobierno los siguientes órganos:

1.- Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco


2.- Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

TRANSITORIOS:

PRIMERO. El presente Acuerdo comenzará a surtir sus efectos a partir del día de su
publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.

SEGUNDO. Se instruye a los titulares de las Entidades y Dependencias referidos en


el presente acuerdo, para que realicen las adecuaciones administrativas y las
modificaciones a su normatividad y reglamentación interna, que resulten necesarias
para el cumplimiento del presente Acuerdo.

Así lo acordó el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro


Ramírez, ante el Secretario General de Gobierno, así como de los Titulares de la
Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social y de la Secretaría del Sistema
de Asistencia Social, quienes lo refrendan,

Enrique Alfaro Ramírez,


Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco.

Juan Enrique Ibarra Pedroza,


Secretario General de Gobierno.

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14

ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ


Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco
(RÚBRICA)

JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA


Secretario General de Gobierno
(RÚBRICA)

ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA


Coordinadora General Estratégica
de Desarrollo Social
(RÚBRICA)

JOSÉ MIGUEL SANTOS ZEPEDA


Secretario del Sistema de Asistencia Social
(RÚBRICA)

V i e r n e s 8 d e m a r z o d e 2 0 1 9 . N ú m e r o 1 4 b i s . E d i c i ó n E s p e c i a l
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OFICIAL

S U M A R I O
VIERNES 8 DE MARZO DE 2019
NÚMERO 14 BIS. EDICIÓN ESPECIAL
TOMO CCCXCIV

ACUERDO DIELAG ACU 025/2019 del ciudadano


Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano
de Jalisco, por el que se modifica el acuerdo DIELAG ACU
001/2018 para desagrupar a la Secretaría de Igualdad
Sustantiva entre Mujeres y Hombres de la Coordinación
General Estratégica de Desarrollo Social.
Pág. 3
ACUERDO DIELAG ACU 026/2019 del ciudadano
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano
de Jalisco, por el que modifica el diverso DIELAG ACU
002/2018.
Pág. 8
ACUERDO DIELAG ACU 027/2019 del ciudadano
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano
de Jalisco, mediante el cual se sectorizan diversos
órganos de la Administración Pública Centralizada a la
Secretaría General de Gobierno. Pág. 12

periodicooficial.jalisco.gob.mx

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